Subvenciones para los comercios andaluces del 100% de la inversión
Presentación de solicitudes
Desde el día 26 de enero de 2022 al 1 de marzo de 2022.
¿Mi empresa puede acceder a esta subvención?
Objetivo de la ayuda
Impulsar la modernización de las pequeñas empresas comerciales y artesanas (pymes minoristas) de Andalucía mediante la incorporación de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), la incorporación al comercio electrónico y la modernización de su imagen e infraestructura para hacer frente al proceso de desconfinamiento del Covid-19.
Proyectos subvencionables
Proyectos de modernización digital
- Creación y diseño de sitios webs y aplicaciones móviles con información corporativa.
- Diseño a medida e implantación de una tienda on-line.
- Adaptación del sitio web del establecimiento comercial a los dispositivos móviles.
- Implantación de cualquier herramienta o complemento de comercio electrónico que permita avanzar al establecimiento hacia la experiencia omnicanal del cliente.
- Actuaciones de comunicación, publicidad y marketing en Internet (SEM, SEO y campañas de email marketing).
- Contratación de una empresa externa que ofrezca el servicio de gestión de las redes sociales, o community management.
- Programas de gestión, contabilidad, facturación, relaciones con clientes y proveedores, gestión de almacén, automatización de ventas, u otros similares.
- Terminal punto de venta (TPV), sistemas de codificación y lectura óptica de productos, implantación de etiquetas electrónicas y similares.
- Software para la implementación de gestión de las relaciones con clientes (CRM), u otras actuaciones de fidelización de clientes.
- Balanzas electrónicas y similares.
- Sistemas de contadores de personas en las diferentes áreas del comercio, escaparates virtuales, cartelería digital, u otras soluciones en el espacio de venta.
- Cualquier otra solución digital que introduzca mejoras en el sistema de gestión y/o comercialización, o permita avanzar al establecimiento hacia la experiencia omnicanal del cliente.
INTENSIDAD E IMPORTE DE LA AYUDA: Hasta el 100% de la inversión(IVA excluido), con un máximo de 6.000 € por cada establecimiento que posea la empresa y sin sobrepasar los 15.000 € cuando el proyecto se desarrolle en varios establecimientos.
Proyectos de modernización y actualización física
- Servicios profesionales de elaboración y redacción del proyecto de reforma y/o decoración.
- Obras de reforma y acondicionamiento de la superficie de exposición y venta del local comercial o establecimiento artesano.
- Adquisición de equipamiento y mobiliario de uso en la zona dedicada a la exposición y venta.
- Obras de mejora y acondicionamiento de la fachada exterior del local comercial o establecimiento artesano, incluidos los elementos necesarios para ello, como por ejemplo escaparate, carteles, puertas y toldos.
- En el caso de pymes artesanas, la adquisición de equipamiento y maquinaria utilizados en el proceso de elaboración de los productos artesanos.
INTENSIDAD E IMPORTE DE LA AYUDA: Hasta el 100% de la inversión (IVA excluido), con un máximo de 15.000 € por cada establecimiento que posea la empresa y sin sobrepasar los 26.250 € cuando el proyecto se desarrolle en varios establecimientos.
¿Se pueden solicitar varios proyectos?
Cada pyme podrá solicitar subvención para el desarrollo de un proyecto de cada una de las modalidades.
Pago de la ayuda
Se abonará el 100% de la subvención en concepto de anticipo en los supuestos en que el importe de la subvención sea igual o inferior a 6.000 €
En el resto de casos se realizará un anticipo del 50% del importe de la subvención concedida, el resto de la subvención se abonará tras la justificación el proyecto.
No se requieren garantías ni avales para al anticipo del pago.
Actividades económicas subvencionables
Todas las tipologías de comercio MINORISTA a excepción de las pertenecientes a los siguientes grupos de IAE:
- 646 Comercio de tabaco.
- 655 Comercio de combustibles.
- 664 Comercio en régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos.
Documentación necesaria
Incumplimiento y reintegro de la ayuda
Se deberá reintegrar la ayuda percibida de forma parcial o total junto a intereses de demora en caso de existir fallos de justificación o la misma resulte insuficiente.